La Cámara de Apelaciones de Bariloche elevó una millonaria indemnización contra el Banco Santander Río por haber informado de manera errónea a un cliente como deudor incobrable dentro del sistema financiero. El tribunal confirmó que la deuda no existía, que la entidad incumplió su deber de información y que esa conducta generó un daño patrimonial y moral directo.
La sentencia ratificó el fallo de primera instancia, pero incrementó de forma sustancial el monto del resarcimiento, que ahora supera los 11 millones de pesos, más intereses.
El conflicto se originó luego de una mudanza del cliente, quien cerró su cuenta original y comenzó a utilizar otra para abonar las cuotas de un préstamo. Según quedó acreditado en el expediente, esa nueva cuenta fue asignada por el propio banco con el único fin de pagar el crédito.
Pese a que los depósitos se realizaron con regularidad, la entidad no imputó los pagos al préstamo, generando una supuesta mora que nunca existió.
La situación salió a la luz cuando el cliente intentó acceder a una tarjeta y a un préstamo hipotecario, y descubrió que figuraba como deudor en los registros financieros, lo que le impedía operar normalmente.
El banco sostuvo que la deuda había sido cedida a un fideicomiso, motivo por el cual los pagos ya no tendrían efecto cancelatorio. Sin embargo, la Cámara remarcó que el cliente nunca fue notificado de esa cesión.
El tribunal concluyó que el banco violó el deber de información, aceptó pagos sin aplicarlos al crédito y mantuvo al usuario en una mora ficticia, sin comunicaciones formales. Esa conducta generó daño material, daño moral y pérdida de chance, al afectar su historial crediticio.







