Un juzgado nacional del Trabajo hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y resolvió suspender de manera provisoria artículos centrales de la reforma laboral impulsada a nivel nacional.
La decisión se dictó en el marco de una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Estado, en la que la central obrera cuestionó la Ley 27.802 por considerar que afecta derechos individuales y colectivos de los trabajadores.
El fallo, firmado por el juez Raúl Ojeda, sostiene que existen elementos suficientes para conceder la cautelar, al advertir una “apariencia razonable” del derecho invocado. En ese sentido, el magistrado aclaró que este tipo de medidas no exige certeza absoluta, sino verosimilitud en el planteo.
Entre los puntos analizados, el tribunal puso el foco en posibles afectaciones a garantías constitucionales como la protección del trabajo, la libertad sindical y el principio de progresividad, que impide retrocesos injustificados en materia laboral.
Además, el juez reconoció la legitimidad de la CGT para promover una acción colectiva en representación de los trabajadores, al tratarse de derechos de incidencia general.
El Gobierno nacional había solicitado el rechazo de la cautelar, al sostener que la norma fue sancionada en ejercicio de facultades constitucionales y que su suspensión podría afectar el interés público. Sin embargo, el tribunal resolvió mantener el estado actual hasta que se dicte una sentencia de fondo.
La medida tiene carácter provisorio y se mantendrá vigente hasta que se resuelva la constitucionalidad de la reforma.







