Nuevas restricciones para compras en el exterior comenzarán a regir a partir del 1° de julio, según informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Las medidas buscan reducir la informalidad, mejorar el control fiscal y resguardar la producción nacional.
Qué cambia para quienes compran en el extranjero
Una de las principales modificaciones es que los bancos y las emisoras de tarjetas de crédito y débito deberán reportar a ARCA los consumos realizados en el exterior. Esta información incluirá:
- Número y marca de la tarjeta utilizada
- CUIT de la entidad emisora
- Fecha, país y moneda de la operación
- Monto total (en pesos y en moneda extranjera)
- Datos del comercio: nombre, código y número de identificación
Desde el organismo señalaron que la medida busca desalentar operaciones comerciales encubiertas como compras personales y promover el consumo de bienes producidos en el país.
Nuevas prohibiciones de ingreso al país
Además, ARCA actualizó la lista de productos que no podrán ingresar a Argentina. A partir del 1º de julio se prohibirá la entrada de:
- Bienes con fines industriales o comerciales sin la debida autorización
- Armas, explosivos y estupefacientes
- Objetos de valor arqueológico o patrimonial
- Electrodomésticos de línea blanca como cocinas, estufas, lavavajillas o aires acondicionados
Límites para las franquicias aduaneras
La resolución también ratifica los topes establecidos para franquicias aduaneras:
- Ingreso por tierra o vía fluvial: hasta 300 dólares por persona
- Ingreso por vía aérea: hasta 500 dólares, con un extra de 500 dólares si la compra se realiza en free shop
- Para menores de 16 años no emancipados: el límite será de 150 dólares por tierra y 250 dólares por vía aérea
Estas medidas forman parte de una política más amplia de control de divisas y protección del mercado interno, en un contexto económico que exige un mayor seguimiento de las operaciones internacionales.







