La jueza de Familia Eliana Fortbetil dispuso que un hombre y su abogado deberán realizar un taller obligatorio de capacitación en género, tras detectar expresiones “jurídicamente inaceptables” en un escrito judicial presentado en un expediente de Familia en la provincia de Neuquén. La resolución fue emitida el 14 de noviembre de 2025 en el marco de una causa vinculada al cuidado personal de una niña de 10 años.
La medida surgió a partir de la presentación de una mujer contra su ex pareja, a quien denunció por llevarse a la niña y cortar el contacto entre ambas, pese a existir un acuerdo verbal de cuidado compartido. En la contestación, la jueza advirtió expresiones cargadas de violencia y una naturalización de desigualdades.
Para Fortbetil, los términos utilizados evidencian una falta de nociones básicas de género que debe tener cualquier profesional del derecho en procesos de familia.
La magistrada señaló que este tipo de proceder ya había sido advertido al mismo letrado en otros expedientes, por lo que consideró necesaria una respuesta preventiva ante conductas reiteradas.
Fortbetil destacó que aplicar perspectiva de género “no implica perder objetividad”, sino ampliar la mirada para visibilizar situaciones históricamente silenciadas. También observó expresiones que buscaban desacreditar su función, con un lenguaje que calificó como impropio.
La jueza detectó frases estigmatizantes y violentas hacia la demandante, configurando violencia simbólica, además de conceptos contrarios a la Ley Micaela y a las obligaciones de respeto profesional.
Fortbetil recordó que las resoluciones judiciales pueden ser revisadas por las vías procesales previstas, pero no mediante descalificaciones personales, ya que estas prácticas exceden los límites éticos.
Finalmente, ordenó que el abogado complete una capacitación del Programa de Formación en Género de la Ley Micaela, dictado por la Oficina de la Mujer del Tribunal Superior de Justicia, y que acredite su cumplimiento bajo apercibimiento de una sanción económica.







