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Nuevas Normas para Criptoactivos: Argentina se Alinea con GAFI

En un esfuerzo por alinear las operaciones de criptomonedas con las normativas internacionales contra el lavado de dinero, la Comisión Nacional de Valores (CNV) de Argentina ha instaurado un nuevo requisito para los operadores de criptoactivos. Según la reciente Resolución General 994/2024, publicada en el Boletín Oficial, tanto individuos como entidades que realicen transacciones con criptomonedas deberán registrarse en el nuevo Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales en un lapso no mayor a 45 días.

Este registro busca incluir a aquellos que promueven sus servicios a través de internet, redes sociales y otros medios digitales, dirigidos a residentes argentinos, o que manejen volúmenes significativos de operaciones dentro del territorio nacional. La CNV enfatiza que este paso es crucial para cumplir con las evaluaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) sobre las medidas adoptadas por Argentina en la prevención del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.

La inscripción en este registro no equivale a una licencia o supervisión de la CNV, sino que sirve para el control por parte de la Unidad de Información Financiera (UIF) y otros entes reguladores. Se ha establecido una excepción para aquellos cuyas operaciones no superen los 35.000 UVAs mensuales, aproximadamente $27 millones. Además, las entidades extranjeras que operen bajo ciertas condiciones también estarán sujetas a este registro.

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