El tribunal integrado por los jueces Maximiliano Bagnat, Ignacio Pombo y Lisandro Borgonovo dio a conocer las penas que deberán cumplir los cinco declarados responsables por la explosión ocurrida en la escuela albergue 144 de Aguada San Roque.
Según lo establece el Código Penal para este tipo de delitos, las penas a imponer pueden ir de un mínimo de 2 años de prisión en suspenso hasta 11 años de prisión efectiva.
Por unanimidad, los jueces determinaron valorar como los agravantes que más incidieron en la elevación del monto de la pena por sobre el mínimo, en primer lugar la naturaleza de la acción.
Aquí el tribunal consideró las múltiples acciones de incumplimientos y negligencias que llevaron al resultado, como la subcontratación irregular de personal no capacitado, falencias en los controles de la obra, el permitir el ingreso de personas ajenas a la obra y no colocar señalética indicando peligro o restringiendo el acceso al sector en obra, no realizar ni exigir la prueba de hermeticidad, determinar el final de obra cuando la misma no estaba finalizada y el hecho de que se tratara de una obra pública en un establecimiento educativo en el que ese día se habían dictado clases con presencia de alumnos, docentes y obreros en el establecimiento.
Además los jueces consideraron como agravante la extensión del daño, en primer lugar considerando el resultado muerte del estrago culposo, y en segundo lugar por las niñas y niños que no pudieron acceder a la educación a causa del cierre de la única escuela de la localidad y parajes aledaños, considerando que se trataba de una escuela albergue para brindar acceso a niños y niñas de las zonas rurales cercanas. También se valoró la pena según el grado de responsabilidad, capacitación y experiencia de cada uno de los imputados. En este sentido el tribunal impuso las siguientes penas:
Condenas
Sergio Percat, director de Obras Contratadas, fue condenado a 5 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación perpetua para cargos públicos e inhabilitación para ejercer como ingeniero durante diez años. La fiscalía había solicitado una pena de 6 años, mientras que la querella había pedido 9 años de prisión.
Diego Bulgheroni, arquitecto de la empresa Arte Construcciones SRL, recibió una pena de 4 años y 6 meses de prisión e inhabilitación para ejercer como arquitecto por 9 años. La fiscalía solicitó 5 años, y la querella pidió 8 años.
Carlos Córdoba y Raúl Capdevila, funcionarios públicos y directores de Obras Públicas, fueron condenados a 4 años de prisión, con inhabilitación para ejercer cargos públicos de forma perpetua y una inhabilitación de 8 años como maestros mayores de obras. La pena impuesta estuvo cerca del pedido de la fiscalía, que solicitó 4 años y 6 meses, aunque fue mucho menor a la solicitud de la querella, que pidió 8 años.
Finalmente, Héctor Villanueva, dueño de Arte Construcciones SRL, fue condenado a 3 años de prisión de ejecución condicional, debiendo cumplir una serie de requisitos. La fiscalía solicitó 4 años de prisión, mientras que la querella había pedido 6 años y 6 meses.